La normativa vigente La Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 583, de 24 de noviembre de 2011, creó el Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no Retornables. La finalidad del tributo a las botellas plásticas es disminuir la contaminación ambiental y estimular el proceso de reciclaje, estableciendo adicionalmente que las operaciones gravadas con dicho impuesto serán objeto de declaración dentro del mes siguiente al que se las efectuó. El hecho generador de este impuesto es envasar bebidas en botellas plásticas no retornables, utilizadas para contener bebidas alcohólicas, no alcohólicas, gaseosas, no gaseosas y agua, o su desaduanización para el caso de productos importados, pudiendo el consumidor recuperar el valor pagado por concepto de este impuesto.
Bajo este argumento legal, el segundo Contabilidad del Colegio Fiscal "Cantón de Archidona" de la provincia de Napo, se ha propuesto recolectar en este año lectivo botellas plásticas, para ayudar al cuidado de la ciudad, haciendo el canje de las mismas en la Distribuidora de la empresa Coca Cola, único punto de recolección en la provincia de Napo, dinero que será dirigido al planteamiento de un proyecto de gira de observación ya que un 75% de jóvenes son de escasos recursos económicos.
Los materiales que se reciben son plástico PET, como botellas vacías y reducidas de gaseosas, aguas, jugos, entre otros. También plásticos PEHD, como contenedores de yogurt, shampoo, desinfectantes que contengan el logo de reciclaje.
Se iniciará la recolección con la motivación a estudiantes del curso y posterior a los demás de la sección Diurna y Nocturna. Para ello la dirigente Docente: Mercedes Galarza, plantea la nominación del Comité de Medio Ambiente, para que sean ellos quienes elaboren el Plan de Acción para iniciar con las actividades.
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